viernes, 10 de febrero de 2017

ANMAT informa la prohibición de comercialización de varios productos

La Adminstración publicó en el día de hoy cuatro disposiciones donde informa la prohibición de comercialización de productos como limonada de roge infantil, agua oxigenada, vaselina, bomba de infusión continúa, tinta de pelo y paño seco jabonoso. 

La primera disposición , la 1303/2017, establece la prohibición de uso y comercialización de todos los lotes en todas las presentaciones de los productos rotulados como:

“Limonada de Roge infantil contenido para preparar 125 ml laboratorios Apotarg SRL”; “Agua de D’Alibour solución 100 ml, laboratorios Apotarg SRL”; “Limonada de Roge infantil contenido para preparar 125 ml; laboratorios Apotarg SRL”; “Vaselina Sólida por 60 gr., laboratorios Apotarg SRL”; “Agua Oxigenada 10 vol. Por 100 ml, laboratorios Apotarg SRL”; “Vaselina Líquida Medicinal por 250 ml, laboratorios Apotarg SRL” y “Vaselina Líquida Medicinal por 500 ml, laboratorios Apotarg SRL”.

La segunda disposición , la 1300/2017, prohibe el uso y comercialización del producto “Bomba de infusión continua para alimentación parenteral, marca VOLUMAT”, Identificada con el número de serie 21248505.

La tercera, 1292/2017, prohibe el uso y la comercialización de todos los lotes y en todas sus presentaciones de los productos rotulados como: – HAIR SPRAY Tinte para el pelo en aerosol, Net wt: 85 g, Importador: Cotishop, Dirección: Lavalle 2248 Cap. Fed., Made in China y HAIR SPRAY Temporary spray on hair color – shampoo out, Net wt 85g, codificado con las siglas 9418- 1, Made in China; ambos productos cuyos rótulos se encuentran en español y carecen de datos de inscripción del producto a nivel nacional (n° de legajo del establecimiento importador Resolución N° 155/98) y datos del responsable de la comercialización.

La cuarta, 1301/2017, prohibe el uso y la comercialización del siguiente producto: “UNO Paño Seco Jabonoso, Lote: 1177, Venc: 09/20, Fabricado en Argentina por Sigmaline SRL para Guanta SA, guanta@guanta.com.ar; cuyo envase carece en su rotulado de datos de inscripción del producto ante ANMAT (N° de legajo del establecimiento elaborador y Res. 155/98), listado de ingredientes y contenido neto”.

Fuente: Mirada Profesional

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