miércoles, 6 de mayo de 2020

Fallo ordena al GCBA arbitrar los medios necesarios para prevenir contagios y propagación de coronavirus dentro de un centro comunitario

Un fallo ordenó arbitrar los medios necesarios para prevenir, detectar y evitar el contagio y propagación del coronavirus entre los asistentes y residentes de un centro comunitario.

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires deberá arbitrar los medios necesarios para prevenir, detectar y evitar el contagio y propagación del coronavirus (Covid-19) entre los asistentes y residentes de un centro comunitario. Así lo resolvió el Juzgado N° 16 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, a cargo del juez Martín Furchi, al hacer lugar a una cautelar del Ministerio Público de la Defensa en los autos “R., F. A. contra GCBA y otros sobre Medida Cautelar Autónoma”. 

Telefónicamente, se presentó la titular de la Defensoría N° 1 del fuero, en su carácter de gestora del coordinador del Centro de Integración Complementario “Ernesto Che Guevara”, para personas en situación de calle donde se desarrollarán actividades educativas, formativas, productivas, culturales y de salud. 

Esgrimió que “uno de los habitantes que reside en el centro de que se trata ha testeado de manera positiva el virus, motivo por el cual ha sido derivado a un hospital. Por ello, solicitó que se proceda a brindar tests PCRs a la totalidad de personas que residen en el Centro, así como también a las personas que allí trabajan para evitar una mayor propagación y el contagio comunitario. 

También requirió que “se aplique el artículo 9 del Protocolo de actuación ante sospecha y/o confirmación de COVID-19 y se ordene a los habitantes del Centro (…) que queden en estado de cuarentena total, que se impidan nuevos ingresos y que se ordene al GCBA que disponga la medidas necesarias para evitar la salida de personas que allí residen con el fin de prevenir una mayor transmisión del daño”. 

En este escenario, el magistrado advirtió que “la velocidad de contagio del COVID 19 resulta exponencial”, y afirmó que “se debe tener en cuenta que el rechazo de la medida solicitada es susceptible de acarrear consecuencias más dañinas a los peticionarios y a sus hijos que los eventuales perjuicios que su admisión podría producir a su adversaria”. 

Según consta en la causa, la actora se comunicó con el Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires solicitando que se informara qué medidas se habían adoptado en razón del caso positivo, pero al momento del pronunciamiento, la defensoría no habría recibido respuesta alguna a su requisitoria.


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