Un fallo judicial advierte que se trata de un derecho
consagrado en la Constitución.
El mismo día en que la ley provincial de
fertilización asistida fue publicada, el 11 de septiembre de 2015, el juez
civil de Neuquén, Gustavo Belli, hizo lugar a la acción de amparo interpuesta
por una pareja y ordenó al Instituto de Seguridad Social de Neuquén (ISSN) que
brinde la cobertura integral a los tratamientos de fertilización médica
asistida de baja complejidad requeridos, e invocó la normal local.
En este caso la mujer presentaba endometriosis, una
enfermedad que si bien es benigna, puede provocar infertilidad. El médico que
la asistió recomendó inseminación intrauterina. Cuando la pareja presentó el
presupuesto, la obra social le informó que le otorgaría un subsidio por única
vez de 6.535 pesos y adujo que el 50% restante del valor del tratamiento sería
afrontado por el Instituto Municipal de Previsión Social de Neuquén, al cual
también se encontraba afiliada.
Belli dijo que tanto la Constitución nacional como los
tratados internacionales de jerarquía constitucional reconocen el derecho a la
salud, sexualidad y reproducción.
"La Legislatura ha convertido en ley y en medio de un
debate calificado como "una ley a favor de la vida", la fertilización
asistida, mediante el número 2954. Esta ley, sancionada el 13 de agosto de
2015, "garantiza el acceso integral a los procedimientos y técnicas
médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida", en
concordancia con la ley nacional 26862", manifestó el juez. Agregó que
conforme a la misma el ISSN tenía la obligación de incorporar las prácticas
como prestaciones obligatorias.
El 6 de noviembre de 2015, Belli directamente declaró
abstracta la acción presentada por una pareja de afiliados a ISSN en virtud de
la sanción de la ley provincial. La obra social había otorgado un subsidio de
20.000 pesos y había dicho que el tratamiento requerido, en este caso
fertilización in vitro, no se encontraba incluido dentro del Plan Médico
Obligatorio.
Fuente: rionegro.com.ar
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