El tratado de la OEA fue firmado también por Bolivia,
Brasil, Chile, Costa Rica y Uruguay.
El Gobierno oficializó su adhesión a la Convención
Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.
Lo hizo a través del Decreto 375/2015, que fue publicado en el Boletín Oficial
con la firma del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabiente Marcos Peña y
la canciller Susana Malcorra.
El tratado, adoptado por la Organización de los Estados
Americanos (OEA), fue firmado por Argentina Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica
y Uruguay.
El primer artículo de la convención prescribe su objeto:
"Promover, proteger y asegurar el reconocimiento y el pleno goce y
ejercicio, en condiciones de igualdad, de todos los derechos humanos y
libertades fundamentales de la persona mayor, a fin de contribuir a su plena
inclusión, integración y participación en la sociedad".
"Lo dispuesto en la presente Convención no se
interpretará como una limitación a derechos o beneficios más amplios o
adicionales que reconozcan el derecho internacional o las legislaciones
internas de los Estados Parte, a favor de la persona mayor", aclara el
texto.
Los principios generales que propone el acuerdo con los
siguientes:
a) La promoción y defensa de los derechos humanos y
libertades fundamentales de la persona mayor.
b) La valorización de la persona mayor, su papel en la
sociedad y contribución al desarrollo.
c) La dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de
la persona mayor.
d) La igualdad y no discriminación.
e) La participación, integración e inclusión plena y
efectiva en la sociedad.
f) El bienestar y cuidado.
g) La seguridad física, económica y social.
h) La autorrealización.
i) La equidad e igualdad de género y enfoque de curso de
vida.
j) La solidaridad y fortalecimiento de la protección
familiar y comunitaria.
k) El buen trato y la atención preferencial.
l) El enfoque diferencial para el goce efectivo de los
derechos de la persona mayor.
m) El respeto y valorización de la diversidad cultural.
n) La protección judicial efectiva.
o) La responsabilidad del Estado y participación de la
familia y de la comunidad en la integración activa, plena y productiva de la
persona mayor dentro de la sociedad, así como en su cuidado y atención, de
acuerdo con su legislación interna.
Texto completo de la norma:
CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS
HUMANOS DE LAS PERSONAS MAYORES
Ley 27360 - Aprobación.
Fecha de publicación 31/05/2017
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Aprobación de la Convención Interamericana sobre Protección
de los Derechos Humanos de las Personas Mayores
ARTÍCULO 1° — Apruébese la Convención Interamericana sobre
Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, adoptada por la
Organización de los Estados Americanos durante la 45a Asamblea General de la
OEA, el 15 de junio de 2015 y cuyo texto se anexa.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN
BUENOS AIRES, EL DÍA NUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 27360 —
MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZÓ. — Eugenio Inchausti. —
Juan P. Tunessi.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican
en la edición web del BORA —
www.boletinoficial.gob.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 -
Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
Fuente: Infobae/Boletín Oficial
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