Un Juzgado porteño ordenó a ObSBA la cobertura integral de
un tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad a una afiliada. Se
trata de un procedimiento que asciende a 86 mil pesos.

Las actuaciones se iniciaron por la presentación de una
pareja de afiliados contra ObSBA para que se les otorgue la cobertura integral
al 100% del tratamiento médico de fertilización asistida, de alta complejidad,
con donación de óvulos, criopreservación embrionaria y columnas de Anexina,
hasta lograr el embarazo. También reclamaron la cobertura de la medicación, los
estudios, internación, prácticas y gastos que sean necesarios.
Ambos amparistas trabajan en el Gobierno de la Ciudad y se
encuentran unidos civilmente desde 2010. Durante 2016 y 2017 se sometieron a
dos tratamientos de fertilización sin éxito. Posteriormente, los médicos les
diagnosticaron infertilidad y les prescribieron la ovodonación.
El tratamiento que requieren se denomina Tratamiento
FIV/ICSI por Ovodonación, Congelamiento de Embriones, Columnas de Anexina, que
tiene un costo total de $86.610.00 .Sin embargo, la obra social se negó a
cubrirlo.
En los fundamentos del fallo, el magistrado recordó que la
Ley de Reproducción Médicamente Asistida (26.862) garantiza respecto a la
cobertura “brindar a sus afiliados o beneficiarios, la cobertura integral e
interdisciplinaria del abordaje, el diagnóstico, los medicamentos y las
terapias de apoyo y los procedimientos y las técnicas que la Organización
Mundial de la Salud define como reproducción médicamente asistida”.
También señaló que dicha ley fue reglamentada mediante el
Decreto 956/2013, el cual en su artículo 8 establece que “quedan incluidos en
el Programa Médico Obligatorio (PMO), los procedimientos y las técnicas de
diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo para la reproducción médicamente
asistida”, y recalcó que dicha práctica fue incluida en el PMO, “al que la
propia accionada sujetó su accionar mediante el dictado de la resolución 133-ObSBA-06”.
De este modo, el juez concluyó que “frente al diagnóstico
médico efectuado a los actores y ante lo prescripto por la normativa vigente en
la materia (…), es dable concluir que la negativa por parte de la ObsBA a
cubrir a los actores el tratamiento de
fertilización asistida de alta complejidad que requieren, resulta una conducta
manifiestamente arbitraria e ilegítima”.
Fuente: Diario Judicial - Fallo completo
Conforme las normas vigentes se hace saber que las
sentencias que se replican en este blog son de carácter público y sólo el
órgano jurisdiccional del que emana la decisión impondrá limitaciones a su
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