jueves, 7 de enero de 2016

Buenos Aires: se modifica ley de adhesión a Ley Nacional N° 26.529 (Derechos del Paciente)


Ley N° 14.786- Provincia de Buenos Aires


Título: Salud. Derechos de los pacientes en su relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud. Ley Nacional 26529. Adhesión. Ley 14464. Modificación.

Fecha B.O.: 21-dic-2015

Texto de la norma:


El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, sancionan con fuerza de Ley

Artículo 1.- Incorpórase a la Ley 14464 el artículo 1° bis que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 1 bis.- Resulta obligatorio para las instituciones de asistencia médica públicas o privadas y los profesionales alcanzados por la Ley Nacional 26.529 , modificada por la Ley 26.742 , Decreto N° 1.089/2012 y sus normas complementarias, habilitados en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, la exhibición, en un lugar del establecimiento o consultorio destacado y visible a los pacientes, un cartel con el siguiente texto: La Historia Clínica es propiedad del paciente. Los pacientes tienen derecho a recibir copia autenticada de su Historia Clínica, en soporte digital o papel, en forma gratuita y dentro del plazo de cuarenta y ocho (48) horas de solicitada la misma. Artículo 14 , Ley Nacional N° 26.529".

Artículo 2.- Modifícase el Artículo 2 de la Ley 14464, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 2.- La falta de cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley hará pasible de las sanciones dispuestas en la Ley 4.534 y sus modificatorias del ejercicio profesional del arte de curar de la Provincia de Buenos Aires, la presente Ley y la Ley Nacional 26.529".

Artículo 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil quince.

Promulgación: Decreto 1325/2015

La Plata, 19 de octubre de 2015

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