lunes, 4 de enero de 2016

Se otorgarán credenciales para personas trasplantadas



Todas las personas que hayan recibido un trasplante o se encuentren en lista de espera, con residencia permanente en el país e inscriptos en el Sistema Nacional de Información de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA), podrán obtener la credencial que les garantice la Protección Integral, conforme a la Ley 26.928. Argentina es el primer país en contar con un marco normativo que reconoce derechos y necesidades específicas de esta población.


Según la Resolución INCUCAI 388/2015 publicada el mes pasado en el Boletín Oficial, se aprueba el modelo de credencial, a través del cual se acreditará la condición de beneficiario del Sistema de Protección Integral para personas trasplantadas creado por la Ley 26.928. La Resolución también dispone el procedimiento para su distribución a través de los correspondientes Organismos Provinciales de Ablación e Implante (OPAI).

Serán beneficiados todos los pacientes trasplantados, o los que se encuentren en lista de espera. Podrán solicitar al organismo provincial correspondientes a su domicilio el certificado, tanto personalmente o por vía telefónica. Las credenciales serán entregadas en mano o por correo postal, cada una contará con la firma de autoridades del INCUCAI y de la jurisdicción.

El certificado extendido les permitirá viajar gratuitamente hacia cualquier destino de corta, media y larga distancia. Además, quienes se encuentren en situación de desempleo podrán percibir una asignación mensual no contributiva equivalente a la pensión por invalidez. También garantiza a las personas trasplantadas e inscriptas en lista de espera para trasplante la cobertura del cien por ciento en la provisión de medicamentos y  estudios diagnósticos.

De acuerdo a la reglamentación de la Ley, esta credencial será el documento válido que permitirá a todas las personas alcanzadas “acceder al derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de transporte terrestre, sometidos a contralor de la autoridad nacional, de corta, media y larga distancia, como asimismo de transporte fluvial, en el trayecto que medie entre el domicilio de aquéllas y cualquier destino al que deban concurrir por razones asistenciales”. Entendiendo estas razones como “aquellas que favorezcan la plena integración social” de los beneficiarios “ya sea por causas familiares, médicas, educacionales, laborales o de cualquier otra índole que requieran el traslado desde y hacia un lugar distinto al de su domicilio”.

El documento tendrá vigencia por tres años contados a partir de su fecha de emisión, renovable por idénticos períodos.


Deben solicitar la credencial en el Organismo Provincial deAblación e Implante correspondiente a su domicilio; ya sea telefónicamente o concurriendo en forma personal.

Fuente: Incucai

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