Se oficializó la ley en el Boletín
Oficial que suma a la provincia a esta normativa nacional, que establece que
toda receta debe efectuarse con el nombre genérico del medicamento. El
farmacéutico es el único autorizado para dispensar los fármacos, y realizar las
sustituciones.
Si bien la ley
nacional 25.649, conocida popularmente como “ley de genéricos”, se aprobó hace
más de una década, muchas provincias no formalizaron su adhesión, por lo cual
no se encuentra vigente en sus territorios. Ese era el caso de Entre Ríos, que
saldó esa deuda histórica este año, cuando aprobó la adhesión a la normativa
nacional, que esta semana fue puesta en vigencia mediante la publicación en el
Boletín Oficial local. De esta manera, en suelo entrerriano toda receta o
prescripción médica deberá efectuarse “en forma obligatoria expresando el
nombre genérico del medicamento”.
La ley de prescripción por nombre genérico fue aprobada en
agosto de 2002, un proyecto que contó con un amplio respaldo de los bloques de
legisladores de esos días, durante la profunda crisis social que vivía el país.
Según cálculos extraoficiales del Ministerio de Salud en esos días, con la
sanción de esta ley “se podría ahorrar un 60 por ciento los costos en
medicamentos de la población, que representarían una cifra cercana a los 4.000
millones de pesos anuales”. Ahora, Entre Ríos se suma, casi 15 años después,
con la publicación en el Boletín del 29 de de la normativa local, que “defiende
al consumidor de medicamentos y drogas farmacéuticas y su utilización como
medio de diagnóstico en tecnología biomédica y todo otro producto de uso y
aplicación en la medicina humana”.
De acuerdo a la ley, la receta deberá indicar primero el
nombre genérico y será opcional el nombre o marca comercial, "pero en
dicho supuesto el profesional farmacéutico, a pedido del consumidor, tendrá la
obligación de sustituir la misma por una especialidad medicinal de menor precio
que contenga los mismos principios activos, concentración, forma farmacéutica y
similar cantidad de unidades".
En ese marco, se reafirma que el farmacéutico, debidamente
autorizado por la autoridad competente, “es el único responsable y capacitado
para la debida dispensa de especialidades farmacéuticas, como así también para
su sustitución”. Además, se dispone que toda receta o prescripción médica que
no exprese el nombre genérico del medicamento "se tendrá por no prescrita,
careciendo de valor alguno para autorizar el expendio del medicamento de que se
trate".
La ley nacional fue sancionada en 2002, como una alternativa
para combatir los abusos de los laboratorios tradicionales. La autoría
intelectual fue liderada por el entonces ministro de Salud Ginés González
García y representó en la región un verdadero cambio de paradigma en la
relación de la cadena que interviene en la industria farmacéutica local.
El año pasado el gobierno intentó redoblar la
apuesta para la aplicación total de la ley. A través de la jornada “Genéricos,
salud para todos. El acceso al medicamento como bien social” dirigentes
farmacéuticos, universitarios, legisladores y otros especialistas en la materia
discutieron el cumplimiento de la ley 25.649, y su impacto en el mundo de los
medicamentos. Junto a la diputada Gloria Bidegain estuvieron sus colegas Andrea
García, Carolina Gaillard, Gastón Harispe (los tres del FPV) y Carlos Raimundi
(Nuevo Encuentro), quienes apoyan la iniciativa de reformar la normativa.
Fuente: Mirada Profesional
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